Cómo logramos anular fácil una multa por circular en una vía prohibida.
Te llega una notificación a casa, la abres y te encuentras con una sanción de 200 euros. Te acusan de haber entrado con tu coche en una calle donde, supuestamente, no se podía. Recibir una multa por circulación prohibida genera mucha frustración, sobre todo cuando sabes que los hechos no cuadran, no te pararon en el momento o la señalización brillaba por su ausencia.
Esto es exactamente lo que le ocurrió a uno de nuestros clientes tras circular por una vía en Madrigal de la Vera. Le acusaban de saltarse una señal R-100 (la famosa señal redonda blanca con borde rojo), pero el expediente estaba lleno de lagunas.
En este post te voy a contar cómo logramos anular esta sanción. Y ojo, porque la lección principal de este caso es muy valiosa: muchas veces no ganamos discutiendo si el coche estaba allí o no, sino demostrando que la Administración ha cometido errores graves de tramitación o ha dejado que se pasen los plazos legales.
Aviso importante: Este artículo ofrece información general basada en normativa estatal y criterios públicos vigentes en 2026. No sustituye el asesoramiento jurídico individual, porque cada multa, cada vehículo y cada expediente pueden presentar matices decisivos.
Los hechos detrás de esta multa por circulación prohibida
Todo empezó cuando nuestro cliente recibió una notificación del Organismo Autónomo de Recaudación de Cáceres. En el documento le exigían el pago de 200 euros por, supuestamente, no respetar una señal de circulación prohibida (la famosa R-100) en una calle del municipio de Madrigal de la Vera.
Hasta aquí, podría parecer una sanción rutinaria. Sin embargo, al revisar la multa con lupa, encontramos que el relato de la Administración no tenía mucho sentido.
Para empezar, el boletín indicaba que no se había notificado la multa en el momento porque «el conductor estaba ausente». Pero pensemos un poco: si la infracción es por circular por una zona prohibida, el vehículo obligatoriamente tiene que estar en movimiento. ¿Cómo es posible que el coche esté circulando y el conductor esté ausente? Esta contradicción evidente ya nos daba una pista de que las cosas no se habían hecho bien.
Desmontando el expediente: nuestras alegaciones a la multa de tráfico
Ante este escenario, lo peor que se puede hacer es pagar directamente o dar el caso por perdido. En lugar de eso, preparamos unas alegaciones a la multa de tráfico contundentes para evidenciar todos los fallos formales.
No nos limitamos a decir «yo no estaba allí», sino que atacamos los errores de la propia Administración:
- Falta de pruebas: No aportaron ninguna fotografía que demostrase que el coche estaba allí, ni tampoco prueba de que la señal existiera realmente en ese punto kilométrico.
- Lugar impreciso: Se limitaron a nombrar la calle, sin indicar ningún número ni intersección.
- Errores legales garrafales: El agente denunciante se inventó el artículo infringido. Citaban el artículo 152/5A del Reglamento General de Circulación, un reglamento que, curiosamente, ¡solo tenía en ese momento 150 artículos!
- Defectos de forma: La notificación no nombraba a ningún instructor del expediente y se envió directamente como una carta de pago, algo que no es legal cuando la multa no se ha notificado en el acto.
El silencio de la Administración y la prescripción de la multa de tráfico
Una vez presentado nuestro escrito, la pelota estaba en el tejado del Ayuntamiento. Tenían que responder, aportar las pruebas que solicitamos (como el interrogatorio del agente) y justificar sus errores. ¿Qué hicieron? Absolutamente nada.
La Administración dio el silencio por respuesta. Y aquí es donde entra en juego una de las mejores defensas para el conductor: los plazos legales.
Al dejar pasar los meses sin emitir ninguna resolución ni contestar a nuestro recurso, los plazos legales se agotaron. Cuando esto ocurre y la Administración paraliza el proceso más tiempo del permitido por la ley, se produce la prescripción de la multa de tráfico. El resultado práctico es el mismo: el expediente muere, la sanción queda sin efecto y el conductor no tiene que pagar ni un céntimo, ni sufrir embargos.
La lección: valora tu caso antes de pagar
Este caso de Madrigal de la Vera nos deja una enseñanza clarísima. A veces, el miedo a perder el descuento del 50 % hace que paguemos sanciones injustas. Sin embargo, cuando la denuncia presenta errores de bulto, contradicciones sobre la circulación prohibida o una falta de pruebas tan evidente, recurrir es la decisión más inteligente.
No dejes que los fallos administrativos te cuesten dinero. Si has recibido una carta similar y tienes dudas sobre si el expediente está bien tramitado, nosotros nos encargamos de revisarlo.
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