TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

Versión 1.0 — Fecha de entrada en vigor: 25/02/2026

DATOS IDENTIFICATIVOS

Denominación socialExtrema Legal Consulting S.L.
Nombre comercialRecurreTuMulta.com (marca en trámite de registro)
NIFB26832717
Domicilio socialCalle Grecia, 42, 06700 Villanueva de la Serena (Badajoz), España
Correo electrónicoinfo@recurretumulta.com
Teléfono618 040 338
Sitio webwww.recurretumulta.com
Registro MercantilRegistro Mercantil de Badajoz, Hoja: BA-36132, IRUS: 1000467897393

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

1.1. Objeto

Los presentes Términos y Condiciones Generales de Contratación (en adelante, "T&C") regulan la relación contractual entre Extrema Legal Consulting S.L. (nombre comercial RecurreTuMulta, en adelante "la Empresa") y sus clientes (en adelante, "el Cliente"), derivada de la prestación de servicios de asesoramiento jurídico y asistencia técnica en procedimientos sancionadores administrativos en los siguientes ámbitos:

  • • Sanciones de tráfico y seguridad vial, al amparo del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante, LSV).
  • • Sanciones en materia de seguridad ciudadana, al amparo de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (en adelante, LOPSC).
  • • Sanciones derivadas del incumplimiento de ordenanzas municipales.
  • • Sanciones administrativas a titulares de establecimientos públicos (horarios, licencias de actividad, ruidos, condiciones higiénico-sanitarias y demás normativa sectorial aplicable).

1.2. Naturaleza y alcance del servicio

Los servicios prestados por la Empresa comprenden la elaboración, redacción y presentación de escritos de alegaciones y recursos en vía administrativa ante los órganos competentes, así como el seguimiento y gestión del expediente sancionador hasta su resolución definitiva en dicha vía. El servicio se limita a la vía administrativa. La interposición de recursos en vía contencioso-administrativa ante los Juzgados y Tribunales requiere, con carácter preceptivo, la asistencia de abogado colegiado en ejercicio, conforme al artículo 23 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el supuesto de que, como resultado de la gestión del expediente, resultara aconsejable acudir a dicha vía judicial, la Empresa informará al Cliente con la debida antelación a fin de que pueda adoptar la decisión que estime oportuna y, en su caso, designar la representación letrada que corresponda.

1.3. Ámbito de aplicación

Los presentes T&C se aplican a toda contratación realizada a través del sitio web www.recurretumulta.com, con independencia del domicilio del Cliente o del lugar donde haya sido dictada la sanción objeto del expediente. La contratación se realiza exclusivamente a través de medios electrónicos, siendo de aplicación la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), y demás normativa vigente que resulte de aplicación.

1.4. Aceptación de los T&C

La contratación de cualquier servicio de la Empresa implica la lectura, comprensión y aceptación expresa, íntegra e incondicional de los presentes T&C en la versión vigente en el momento de la contratación. El Cliente declara:

  • • Haber leído y comprendido íntegramente los presentes T&C.
  • • Ser mayor de 18 años o, en caso de actuar en nombre de una persona jurídica, contar con poderes suficientes para obligarla contractualmente.
  • • Disponer de capacidad legal plena para contratar.
  • • Que todos los datos facilitados son veraces, completos y actualizados. Si el Cliente no está de acuerdo con alguna de las cláusulas de los presentes T&C, deberá abstenerse de contratar los servicios de la Empresa.

2. SERVICIOS OFRECIDOS

2.1. Modalidad de contratación

La Empresa ofrece sus servicios mediante dos modalidades:

  • • Contratación individual por expediente, con pago único, para todos los ámbitos de actuación descritos en la cláusula 1.1.
  • • Plan de suscripción mensual, exclusivamente para titulares de establecimientos públicos, regulado en la cláusula 2.3.

2.2. Servicio individual por expediente

La contratación individual cubre la defensa administrativa completa del expediente sancionador desde su inicio hasta la resolución definitiva en vía administrativa, mediante un único precio por expediente. Incluye las siguientes actuaciones:

a) Análisis jurídico previo

Estudio técnico-jurídico de la notificación, denuncia, acta de inspección o resolución sancionadora, con el fin de determinar la viabilidad de la defensa y los motivos de impugnación disponibles (defectos de forma, vicios de procedimiento, ausencia de tipicidad, falta de proporcionalidad, prescripción, caducidad, entre otros).

b) Elaboración y presentación de escrito de alegaciones

Redacción y presentación, dentro del plazo legalmente establecido, de escrito de alegaciones ante el órgano instructor, fundamentado en los motivos jurídicos y fácticos identificados en el análisis previo.

c) Recurso administrativo

Elaboración y presentación del recurso administrativo que proceda contra la resolución sancionadora, dentro del plazo legalmente establecido:

  • • Recurso de reposición (potestativo, plazo de 1 mes), ante el mismo órgano que dictó la resolución.
  • • Recurso de alzada (preceptivo cuando proceda, plazo de 1 mes), ante el órgano superior jerárquico.

d) Seguimiento y gestión completa del expediente

La modalidad de recurso aplicable vendrá determinada por la naturaleza del órgano sancionador y la normativa sectorial de aplicación, siendo la Empresa quien determinará el recurso procedente en cada caso. Consulta y seguimiento de notificaciones administrativas, comunicación al Cliente de todas las resoluciones y requerimientos recibidos, y gestión de los trámites necesarios hasta la resolución definitiva en vía administrativa.

2.3. Plan de suscripción para establecimientos públicos

Para titulares de establecimientos públicos (bares, restaurantes, discotecas, locales de ocio, establecimientos comerciales y similares), la Empresa ofrece planes de suscripción mensual que proporcionan cobertura continuada frente a expedientes sancionadores en materia de horarios, licencias de actividad, ordenanzas municipales, ruidos, seguridad ciudadana y demás normativa sectorial aplicable. Se ofrecen tres modalidades de plan, cuyas condiciones detalladas, precios y coberturas exactas están publicadas en www.recurretumulta.com y forman parte integrante del contrato:

a) Plan Protección (1 establecimiento)

  • • Cobertura para un único establecimiento del titular.
  • • Hasta 3 defensas administrativas al mes, con un máximo de 18 al año, consistentes en la defensa administrativa completa regulada en el apartado 2.2.
  • • 1 defensa en vía judicial (contencioso-administrativa) al año, incluida en la cuota. Las defensas judiciales adicionales que pudieran ser necesarias se facturarán al precio vigente publicado en www.recurretumulta.com.
  • • Asesoramiento jurídico preventivo ilimitado sobre cumplimiento normativo, ordenanzas e inspecciones.
  • • Revisión urgente de notificaciones administrativas.

b) Plan Profesional (hasta 3 establecimientos)

  • • Cobertura para hasta 3 establecimientos del mismo titular.
  • • Hasta 5 defensas administrativas al mes, con un máximo de 25 al año.
  • • 2 defensas en vía judicial al año incluidas en la cuota, con posibilidad de defensas adicionales al precio vigente publicado en www.recurretumulta.com.
  • • Asesoramiento jurídico preventivo ilimitado sobre cumplimiento normativo, ordenanzas e inspecciones.
  • • Revisión urgente de notificaciones administrativas.

c) Plan Integral (hasta 10 establecimientos)

  • • Cobertura para hasta 10 establecimientos del mismo titular.
  • • Hasta 8 defensas administrativas al mes, con un máximo de 40 al año.
  • • 5 defensas en vía judicial al año incluidas en la cuota, con posibilidad de defensas adicionales al precio vigente publicado en www.recurretumulta.com.
  • • Asesoramiento jurídico preventivo ilimitado sobre cumplimiento normativo, ordenanzas e inspecciones.
  • • Revisión urgente de notificaciones administrativas.

Condiciones comunes a todos los planes de suscripción:

  • • Permanencia mínima: 12 meses naturales desde la fecha de activación.
  • • Facturación: Mensual, con cargo el mismo día del mes siguiente al de la contratación.
  • • Renovación: Automática por períodos anuales, salvo preaviso de cancelación con al menos 30 días de antelación al vencimiento de la anualidad en curso.
  • • Cancelación anticipada: Sujeta a las condiciones establecidas en la cláusula 16 de los presentes T&C.

Gastos no incluidos en ningún plan:

Los siguientes gastos, cuando resulten necesarios, serán siempre a cargo del Cliente:

  • • Honorarios de procurador, en los procedimientos judiciales en que su intervención sea legalmente preceptiva. Con carácter general, ante órganos judiciales unipersonales (Juzgados de lo Contencioso-Administrativo) la intervención de procurador no es obligatoria conforme al artículo 23 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • • Costas judiciales que pudieran imponerse por resolución judicial.
  • • Depósitos para la interposición de recursos y demás depósitos judiciales legalmente exigibles.
  • • Tasas judiciales, si resultaran aplicables.
  • • Honorarios de peritos y otros profesionales externos cuya intervención sea necesaria para la defensa.

Cobertura en vía judicial:

La defensa en vía contencioso-administrativa incluida en los planes de suscripción requiere la intervención de abogado colegiado en ejercicio, conforme a lo establecido en la cláusula 1.2 de los presentes T&C. La Empresa garantiza la designación del profesional correspondiente para la prestación de este servicio. En tanto dicha cobertura no esté operativa, la Empresa informará al Cliente con la debida antelación, a fin de que pueda adoptar las decisiones que estime oportunas respecto a la vía judicial.

2.4. Servicios no incluidos

Quedan expresamente excluidos del servicio contratado, salvo pacto escrito en contrario:

  • • La interposición de recursos en vía contencioso-administrativa ante Juzgados y Tribunales (requiere abogado colegiado en ejercicio; véase cláusula 1.2).
  • • La asistencia y defensa en procedimientos penales por delitos contra la seguridad vial u otros ilícitos penales.
  • • La ejecución de sentencias firmes.
  • • La interposición de recursos de casación ante el Tribunal Supremo.
  • • La reclamación de responsabilidad patrimonial frente a la Administración.
  • • La asistencia presencial a comparecencias, vistas o cualquier otro trámite ante órganos administrativos o judiciales.
  • • La defensa en expedientes sancionadores de carácter disciplinario (funcionarios, fuerzas y cuerpos de seguridad, etc.).

2.5. Servicios adicionales bajo presupuesto

La Empresa podrá prestar, mediante presupuesto individualizado y aceptación expresa por ambas partes, servicios no incluidos en la modalidad contratada, en particular:

  • • Asesoramiento jurídico preventivo sobre cumplimiento normativo.
  • • Revisión de actas de inspección o requerimientos administrativos previos a la incoación de expediente sancionador.
  • • Elaboración de informes jurídicos sobre normativa sectorial aplicable.
  • • Cualquier otra actuación de naturaleza jurídico-administrativa acordada expresamente por escrito.

La contratación de servicios adicionales se regirá igualmente por los presentes T&C, salvo que en el presupuesto correspondiente se establezcan condiciones específicas distintas, que prevalecerán sobre estos T&C en lo que les sean contrarias.

3. PROCESO DE CONTRATACIÓN

3.1. Fases del proceso

La contratación de los servicios de la Empresa se desarrolla exclusivamente a través del sitio web www.recurretumulta.com y se articula en las siguientes fases: contacto inicial y envío de documentación, análisis de viabilidad gratuito, aceptación y pago, y ejecución del servicio.

3.2. Fase 1 — Contacto inicial y envío de documentación

El Cliente accede al sitio web de la Empresa y cumplimenta el formulario correspondiente al ámbito de la sanción que desea recurrir:

  • • Formulario de Tráfico y Seguridad Vial.
  • • Formulario de Seguridad Ciudadana.
  • • Formulario de Ordenanzas Municipales.
  • • Formulario de Establecimientos Públicos.

En dicho formulario, el Cliente deberá facilitar la siguiente información y documentación:

Datos personales:

  • • Personas físicas: nombre y apellidos, DNI/NIE, domicilio, correo electrónico y teléfono de contacto.
  • • Personas jurídicas: razón social, NIF, domicilio social, nombre del representante legal y poderes de representación si procede.

Documentación del expediente:

  • • Notificación de la sanción, boletín de denuncia o acta de inspección (original o copia).
  • • Resolución sancionadora, si ya ha sido dictada.
  • • Fotografías, vídeos u otras pruebas disponibles.
  • • Alegaciones o recursos previamente presentados, si los hubiere.
  • • Cualquier otra documentación que el Cliente considere relevante para su defensa.

La Empresa podrá requerir documentación adicional si lo estima necesario para completar el análisis del expediente.

El envío del formulario no implica obligación de pago ni perfección del contrato.

3.3. Fase 2 — Análisis de viabilidad (gratuito)

Recibida la documentación completa, la Empresa realizará un análisis técnico-jurídico gratuito del expediente en un plazo máximo de 48 horas hábiles, con el fin de determinar la existencia de motivos fundados de impugnación (defectos de forma o procedimiento, falta de tipicidad, ausencia de proporcionalidad, prescripción, caducidad, u otros). El resultado del análisis será comunicado al Cliente por correo electrónico, distinguiéndose dos supuestos:

a) Expediente viable:

La Empresa comunicará al Cliente los motivos de impugnación identificados y el precio fijo del servicio correspondiente al ámbito de la sanción, conforme a la tarifa vigente publicada en www.recurretumulta.com en el momento del análisis. Dicha comunicación incluirá un enlace directo al proceso de pago y una referencia expresa a los presentes T&C y al derecho de desistimiento regulado en la cláusula 10.

b) Expediente no viable:

Cuando la sanción sea firme, los plazos de impugnación estén consumados, la prescripción haya operado o concurra cualquier otra circunstancia que haga inviable la defensa administrativa, la Empresa lo comunicará motivadamente al Cliente, recomendándole, en su caso, que proceda al abono de la sanción dentro del plazo de reducción por pronto pago previsto en la normativa aplicable, a fin de beneficiarse de la reducción legalmente establecida. En ningún caso se facturará cantidad alguna al Cliente por la realización del análisis de viabilidad.

3.4. Fase 3 — Aceptación y pago

Si el Cliente decide contratar el servicio tras recibir la comunicación de viabilidad, deberá:

  1. Aceptar expresamente los presentes T&C.
  2. Realizar el pago íntegro del precio del servicio a través de los medios habilitados en la web, conforme a lo establecido en la cláusula 5. El contrato quedará perfeccionado en el momento en que la Empresa reciba la confirmación del pago satisfactorio, momento a partir del cual comenzará a computar el plazo de 48 horas hábiles para el inicio de las actuaciones. La Empresa remitirá al Cliente, de forma automática y por correo electrónico, una confirmación de contratación que incluirá:
  • • Número de expediente interno asignado.
  • • Resumen del servicio contratado y precio abonado.
  • • Copia de los presentes T&C en su versión vigente.
  • • Información sobre el ejercicio del derecho de desistimiento.

3.5. Fase 4 — Ejecución del servicio

Perfeccionado el contrato y recibido el pago, la Empresa iniciará la prestación del servicio en un plazo máximo de 48 horas hábiles, procediendo a la elaboración de los escritos correspondientes y a su presentación ante el órgano administrativo competente dentro de los plazos legalmente establecidos. El seguimiento del expediente y todas las comunicaciones relativas al mismo se realizarán exclusivamente por correo electrónico, a la dirección facilitada por el Cliente en el formulario de contacto.

3.6. Particularidades en la contratación de suscripciones para establecimientos públicos

La contratación de los planes de suscripción mensual para titulares de establecimientos públicos seguirá el proceso descrito en los apartados anteriores, con las siguientes particularidades:

  1. El Cliente cumplimentará el formulario específico de establecimientos públicos disponible en www.recurretumulta.com, aportando además de sus datos personales: denominación del establecimiento o establecimientos, dirección, tipo de actividad y, en caso de persona jurídica, NIF, escritura de constitución y poderes del representante legal.
  2. Tras el análisis inicial, la Empresa comunicará al Cliente el plan de suscripción recomendado y su precio mensual conforme a la tarifa vigente publicada en www.recurretumulta.com.
  3. La contratación de cualquier plan de suscripción implica la aceptación de una permanencia mínima de 12 meses naturales desde la fecha de activación, con facturación mensual. Las condiciones específicas de cada plan, incluyendo el número máximo de establecimientos cubiertos, los límites de actuaciones mensuales y anuales y la cobertura en vía judicial, son las publicadas en www.recurretumulta.com en el momento de la contratación y forman parte integrante del contrato.
  4. El pago de la primera mensualidad se realizará en el momento de la contratación. Las mensualidades sucesivas se cargarán el mismo día del mes siguiente al de la contratación mediante el método de pago registrado, y así sucesivamente durante la vigencia de la suscripción.
  5. La Empresa remitirá confirmación de activación de la suscripción por correo electrónico, con indicación expresa del plan contratado, establecimientos cubiertos, fecha de inicio, fecha de vencimiento de la anualidad y condiciones de cancelación.

4. PRECIOS Y FORMAS DE PAGO

4.1. Precios

Los precios aplicables a cada servicio son los publicados en www.recurretumulta.com en el momento en que el Cliente recibe la comunicación de viabilidad del expediente conforme a la cláusula 3.3. Todos los precios indicados en la web incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tipo vigente en cada momento. Los precios de los servicios individuales son fijos por expediente, en función del ámbito de la sanción (Tráfico y Seguridad Vial, Seguridad Ciudadana, Ordenanzas Municipales o Establecimientos Públicos), conforme a la tarifa publicada en la web. Los precios de los planes de suscripción para establecimientos públicos son los publicados en www.recurretumulta.com para cada modalidad (Plan Protección, Plan Profesional y Plan Integral) en el momento de la contratación. La Empresa podrá ofrecer en determinados momentos promociones, descuentos o códigos promocionales, cuyas condiciones específicas se publicarán en la web y prevalecerán sobre la tarifa general durante el período de vigencia de la promoción.

4.2. Modificación de precios

La Empresa se reserva el derecho de modificar sus tarifas en cualquier momento, con las siguientes garantías:

  • • Los nuevos precios no afectarán a los servicios individuales ya contratados y pagados.
  • • Los Clientes con suscripción activa serán notificados por correo electrónico con un mínimo de 30 días de antelación a la entrada en vigor del nuevo precio. Si el Cliente no acepta la modificación, podrá cancelar su suscripción sin penalización alguna, comunicándolo a la Empresa antes de la fecha de entrada en vigor del nuevo precio.

4.3. Formas de pago

Para servicios individuales, el pago se realizará en el momento de la contratación, mediante alguno de los siguientes medios habilitados en www.recurretumulta.com:

  • • Tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard y demás tarjetas admitidas por la pasarela de pago).
  • • Transferencia bancaria. En este caso, el Cliente deberá enviar el justificante del ingreso a clientes@recurretumulta.com, y el plazo de 48 horas hábiles para el inicio de las actuaciones comenzará a contar desde la confirmación de la recepción del importe en la cuenta de la Empresa.
  • • Bizum.

La Empresa podrá incorporar en el futuro medios de pago adicionales, que serán publicados oportunamente en www.recurretumulta.com y quedarán igualmente sujetos a los presentes T&C.

Para suscripciones de establecimientos públicos, el pago se realizará mediante:

  • • Domiciliación bancaria SEPA, o
  • • Cargo automático a tarjeta de crédito o débito.

El Cliente deberá mantener activo y con saldo suficiente el método de pago registrado durante toda la vigencia de la suscripción. El incumplimiento de esta obligación se regirá por lo dispuesto en la cláusula 8 de los presentes T&C.

4.4. Facturación

La Empresa emitirá factura por cada servicio contratado, que será remitida por correo electrónico a la dirección facilitada por el Cliente:

  • • Servicios individuales: Factura única tras la confirmación del pago.
  • • Suscripciones: Factura mensual correspondiente a cada período facturado.

Con carácter general, las facturas se emitirán en formato electrónico. En las relaciones con empresas y autónomos (B2B), la Empresa cumplirá la normativa de facturación electrónica en los plazos que resulten legalmente exigibles conforme a la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas (Ley Crea y Crece) y su desarrollo reglamentario.

El Cliente que precise factura con datos fiscales específicos deberá facilitarlos en el momento de la contratación. No se admitirán modificaciones de datos fiscales una vez emitida la factura, salvo error imputable a la Empresa.

5. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1. Obligaciones de la Empresa

La Empresa se compromete a:

  1. Prestar los servicios contratados con la diligencia técnica y profesional exigible, conforme a la normativa aplicable y a las buenas prácticas del sector.
  2. Realizar el análisis de viabilidad del expediente en el plazo máximo de 48 horas hábiles desde la recepción de la documentación completa, conforme a la cláusula 3.3.
  3. Iniciar la elaboración y presentación de los escritos correspondientes en el plazo máximo de 48 horas hábiles desde la confirmación del pago, conforme a la cláusula 3.5.
  4. Presentar los escritos de alegaciones y recursos dentro de los plazos legalmente establecidos, salvo que el incumplimiento sea imputable al Cliente o a causas de fuerza mayor.
  5. Comunicar al Cliente, en un plazo máximo de 48 horas hábiles desde su recepción o conocimiento, cualquier notificación, resolución o requerimiento administrativo relevante relacionado con su expediente.
  6. Informar al Cliente sobre el estado de su expediente cuando este lo solicite, en un plazo máximo de 3 días hábiles desde la solicitud.
  7. Mantener la más estricta confidencialidad sobre los datos personales, documentación e información aportada por el Cliente, conforme a lo establecido en la cláusula 14 de los presentes T&C.
  8. Custodiar la documentación del Cliente conforme a la normativa de protección de datos y a lo establecido en la cláusula 12 de los presentes T&C.
  9. Informar al Cliente, con la debida antelación, en caso de que resulte aconsejable acudir a la vía contencioso-administrativa, conforme a lo establecido en la cláusula 1.2.

5.2. Obligaciones del Cliente

El Cliente se compromete a:

  1. Aportar documentación completa, veraz y actualizada en el momento del contacto inicial y a lo largo de toda la relación contractual, facilitando cuantos documentos, pruebas e informaciones sean relevantes para la defensa del expediente.
  2. Responder a los requerimientos de documentación o información formulados por la Empresa en un plazo máximo de 3 días hábiles desde su recepción.
  3. Facilitar poderes de representación suficientes cuando actúe en nombre de una persona jurídica o mediante representante, con carácter previo al inicio de las actuaciones.
  4. Abonar puntualmente el precio de los servicios contratados conforme a las condiciones establecidas en la cláusula 4 de los presentes T&C.
  5. Mantener actualizados sus datos de contacto (correo electrónico, teléfono y domicilio), comunicando cualquier modificación a la Empresa en un plazo máximo de 3 días naturales desde que se produzca, conforme a la cláusula 11.
  6. Revisar periódicamente su correo electrónico, incluida la carpeta de correo no deseado (spam), a fin de no perder comunicaciones relevantes de la Empresa.
  7. No interferir en la estrategia jurídica definida por la Empresa para la defensa del expediente, sin perjuicio de su derecho a ser informado y a aportar información adicional en cualquier momento.
  8. No ceder ni transferir el contrato ni los derechos derivados del mismo a terceros sin autorización expresa y por escrito de la Empresa.

5.3. Consecuencias del incumplimiento del Cliente

El incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones establecidas en el apartado 5.2, en particular la falta de aportación de documentación solicitada o la ausencia de respuesta a requerimientos de la Empresa en el plazo de 3 días hábiles, podrá tener las siguientes consecuencias:

  1. Si el incumplimiento provoca la imposibilidad de presentar un escrito dentro del plazo legal establecido para ello, la Empresa quedará exonerada de toda responsabilidad por la pérdida del plazo o por cualquier perjuicio derivado de la misma, sin que proceda devolución alguna del precio abonado.
  2. Si el incumplimiento persiste durante más de 5 días hábiles desde el requerimiento, la Empresa podrá suspender la prestación del servicio hasta que el Cliente cumpla con su obligación, sin que dicha suspensión interrumpa el devengo del precio en el caso de las suscripciones.
  3. Si el incumplimiento hace imposible la continuación del servicio, la Empresa podrá resolver el contrato conforme a lo establecido en la cláusula 16, sin derecho a devolución de las cantidades abonadas.

5.4. Colaboración mutua

Ambas partes se comprometen a colaborar activamente y de buena fe para el buen fin del servicio contratado, facilitando mutuamente la información y los medios necesarios para ello. La Empresa mantendrá informado al Cliente en todo momento sobre el desarrollo de su expediente, y el Cliente facilitará a la Empresa cuanta información relevante llegue a su conocimiento durante la tramitación del mismo.

6. EXCLUSIÓN DE GARANTÍA DE RESULTADO

6.1. Naturaleza del servicio: obligación de medios

Los servicios prestados por la Empresa constituyen una obligación de medios y no de resultado, en los términos establecidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina jurídica consolidada. Esto significa que:

  • • La Empresa se compromete a emplear toda la diligencia técnica y profesional exigible, así como todos los recursos jurídicos disponibles, para la mejor defensa posible del Cliente en el expediente sancionador.
  • • La Empresa no garantiza la anulación o reducción de la sanción, ni ningún otro resultado favorable concreto.
  • • La decisión sobre el fondo del expediente corresponde exclusivamente al órgano administrativo o judicial competente, siendo ajena a la voluntad y actuación de la Empresa.

En consecuencia, el Cliente acepta expresamente que el pago del precio del servicio es obligatorio con independencia del resultado obtenido, sin que la resolución desfavorable del expediente dé derecho a devolución de las cantidades abonadas ni a reclamación de indemnización alguna por ese motivo.

6.2. Factores externos no controlables

El resultado del expediente sancionador depende de múltiples factores ajenos al control de la Empresa, entre otros:

  • • El criterio discrecional del órgano administrativo o judicial competente.
  • • La existencia, disponibilidad y solidez de las pruebas aportadas.
  • • La interpretación jurisprudencial aplicable en cada momento.
  • • Los plazos de prescripción o caducidad del expediente.
  • • Los cambios legislativos o jurisprudenciales sobrevenidos durante la tramitación.
  • • La actuación de terceros intervinientes en el procedimiento.

La Empresa no será responsable del resultado desfavorable del expediente cuando este derive de alguno de los factores anteriores, ni de ningún otro factor ajeno a su actuación profesional.

6.3. Compromiso de calidad

Sin perjuicio de lo anterior, la Empresa garantiza:

  1. La elaboración técnica y jurídicamente fundamentada de todos los escritos, con base en la legislación y jurisprudencia vigentes en el momento de su redacción.
  2. El cumplimiento estricto de los plazos legales de presentación de escritos, salvo causas de fuerza mayor o incumplimiento imputable al Cliente.
  3. La máxima diligencia en la identificación y articulación de todos los motivos de impugnación disponibles en cada expediente.
  4. La comunicación puntual al Cliente de todas las incidencias relevantes del expediente.

6.4. Estimación orientativa de viabilidad

Con carácter meramente informativo y como parte del servicio de análisis gratuito regulado en la cláusula 3.3, la Empresa podrá facilitar al Cliente una estimación orientativa de la viabilidad del recurso, que podrá clasificarse en alguna de las siguientes categorías:

  • • Alta viabilidad: Cuando se identifican motivos de nulidad o anulabilidad claros y fundados en Derecho.
  • • Viabilidad media: Cuando existen argumentos jurídicos sólidos pero con margen de interpretación por parte del órgano competente.
  • • Viabilidad reducida: Cuando el expediente presenta dificultades probatorias o jurídicas significativas, pero se aprecian motivos susceptibles de ser articulados.

El Cliente reconoce y acepta expresamente que:

  • • Dicha estimación tiene carácter meramente orientativo e informativo, basado en el análisis de la documentación aportada en el momento del contacto inicial.
  • • No constituye en ningún caso garantía de resultado, pronóstico vinculante ni compromiso de obtener una resolución favorable.
  • • La estimación puede verse alterada por información o documentación sobrevenida, por el criterio del órgano competente o por cualquiera de los factores externos descritos en el apartado 6.2.
  • • La contratación del servicio tras recibir una estimación de viabilidad implica la plena asunción por el Cliente del riesgo inherente a todo procedimiento administrativo, con independencia de la categoría de viabilidad comunicada.

7. RESPONSABILIDAD Y LIMITACIONES

7.1. Responsabilidad de la Empresa

La Empresa responderá únicamente por los daños directos y efectivamente probados causados al Cliente que sean consecuencia de:

  • • Negligencia grave en la elaboración de los escritos de alegaciones o recursos.
  • • Incumplimiento de los plazos legales de presentación de escritos, imputable exclusivamente a la Empresa y no causado por el Cliente ni por causas de fuerza mayor.
  • • Errores técnicos o jurídicos manifiestos que impidan o frustren de forma directa la defensa del expediente.

En ningún caso la Empresa responderá por:

  • • El resultado desfavorable del expediente sancionador, conforme a lo establecido en la cláusula 6.
  • • Lucro cesante (ganancias dejadas de obtener como consecuencia de la sanción).
  • • Daño moral, salvo dolo probado imputable a la Empresa.
  • • Daños indirectos o consecuenciales derivados del resultado del expediente.
  • • Costas judiciales o administrativas impuestas por resolución del órgano competente.
  • • Perjuicios derivados de la actuación de la Administración, los Juzgados o cualquier otro tercero ajeno a la Empresa.
  • • Perjuicios causados por información, documentación falsa o incompleta aportada por el Cliente.
  • • Perjuicios derivados del incumplimiento por el Cliente de sus obligaciones conforme a la cláusula 5.2.

7.2. Limitación de responsabilidad frente a empresas y autónomos

En los contratos celebrados con empresas y autónomos que actúen en el marco de su actividad profesional o empresarial (relaciones B2B), y de conformidad con el principio de autonomía de la voluntad recogido en el artículo 1255 del Código Civil, la responsabilidad de la Empresa por daños directos derivados de negligencia profesional quedará limitada al importe total abonado por el servicio concreto en el que se produjo el incumplimiento o el daño. En el caso de las suscripciones, el límite máximo de responsabilidad frente a empresas y autónomos será equivalente al importe de 3 mensualidades de la cuota vigente en el momento en que se produjo el daño.

7.3. Responsabilidad frente a consumidores

En los contratos celebrados con consumidores (personas físicas que actúan al margen de su actividad profesional o empresarial), la responsabilidad de la Empresa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), sin que sean de aplicación las limitaciones previstas en el apartado 7.2. En todo caso, la Empresa no responderá frente a consumidores por los conceptos expresamente excluidos en el apartado 7.1, en particular por el resultado desfavorable del expediente, el lucro cesante, los daños morales salvo dolo probado, ni los daños indirectos o consecuenciales.

7.4. Exclusión de responsabilidad por causas no imputables a la Empresa

La Empresa quedará exonerada de toda responsabilidad cuando el perjuicio derive de alguna de las siguientes causas:

  1. Documentación incompleta, inexacta o falsa aportada por el Cliente.
  2. Falta de colaboración o incumplimiento de las obligaciones del Cliente conforme a la cláusula 5.2, en particular la no respuesta a requerimientos en plazo.
  3. Resolución desfavorable dictada por la Administración o por órgano judicial en el ejercicio de sus competencias.
  4. Cambios normativos o jurisprudenciales sobrevenidos durante la tramitación del expediente.
  5. Causas de fuerza mayor conforme a lo establecido en la cláusula 15.
  6. Errores o fallos de terceros ajenos a la Empresa (problemas en notificaciones postales o electrónicas de la Administración, fallos de plataformas de presentación telemática de escritos, etc.).
  7. 7. Prescripción o caducidad del expediente ya consumadas con anterioridad a la contratación del servicio.

7.5. Seguro de responsabilidad civil profesional

La Empresa dispone o dispondrá de seguro de responsabilidad civil profesional que cubre los posibles errores u omisiones en el ejercicio de su actividad. Una vez contratado, los datos de la póliza (aseguradora, número de póliza y cobertura) serán publicados en www.recurretumulta.com y actualizados en los presentes T&C.

7.6. Prescripción de acciones de responsabilidad

Las acciones de responsabilidad contra la Empresa prescribirán conforme a los siguientes plazos:

  • • Clientes consumidores: 3 años desde que el Cliente tuvo conocimiento del daño, conforme al artículo 143 del TRLGDCU.
  • • Clientes empresas y autónomos (B2B): 1 año desde que el Cliente tuvo o debió tener conocimiento del daño, conforme al principio de autonomía contractual del artículo 1255 del Código Civil, plazo que ambas partes acuerdan expresamente como suficiente habida cuenta de la naturaleza del servicio prestado.

8. IMPAGOS Y SUSPENSIÓN DE SERVICIOS

8.1. Servicios individuales

El contrato de servicio individual no se perfeccionará hasta la recepción del pago íntegro por parte de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 3.4. La Empresa no iniciará actuación alguna sobre el expediente hasta la confirmación del pago. En el caso de pago mediante transferencia bancaria, el plazo de 48 horas hábiles para el inicio de las actuaciones comenzará a contar exclusivamente desde la confirmación de la recepción del importe en la cuenta de la Empresa, no desde la fecha de emisión de la transferencia por el Cliente.

8.2. Protocolo de impago en suscripciones

En caso de impago de una cuota mensual de suscripción, la Empresa aplicará el siguiente protocolo escalonado:

  1. Día del vencimiento: Aviso automático al Cliente por correo electrónico comunicando la incidencia en el cobro.
  2. 5 días naturales tras el vencimiento: Segundo intento de cargo por el método de pago registrado.
  3. 15 días naturales tras el vencimiento: Si persiste el impago, suspensión temporal del servicio, con las consecuencias reguladas en el apartado 8.3.
  4. 30 días naturales tras el vencimiento: Si persiste el impago, baja definitiva de la suscripción, con las consecuencias reguladas en el apartado 8.4.

8.3. Efectos de la suspensión temporal

Durante la suspensión temporal por impago:

  • • El Cliente no podrá solicitar nuevas defensas ni actuaciones al amparo de la suscripción.
  • • Los expedientes en curso quedarán paralizados, con el consiguiente riesgo de pérdida de plazos administrativos.

No obstante, en cumplimiento de los deberes deontológicos aplicables conforme al Estatuto General de la Abogacía Española (Real Decreto 135/2021) y al Código Deontológico de la Abogacía Española, la Empresa notificará al Cliente con un preaviso mínimo de 5 días hábiles antes de proceder a la paralización efectiva de cualquier expediente en el que existan plazos administrativos en curso, a fin de evitar situaciones de indefensión y permitir al Cliente adoptar las medidas que estime oportunas.

La Empresa no será responsable de los perjuicios derivados de la suspensión del servicio por causa imputable al impago del Cliente, siempre que haya cumplido con el preaviso establecido en el párrafo anterior.

Reactivación tras suspensión temporal:

El Cliente podrá reactivar la suscripción abonando la totalidad de las cuotas pendientes más un recargo del 10% en concepto de gastos de gestión de la incidencia de cobro. La reactivación se producirá en un plazo máximo de 48 horas hábiles desde la confirmación de la recepción del pago completo.

8.4. Efectos de la baja definitiva por impago

Si el impago persiste durante 30 días naturales desde el vencimiento, se producirá la baja definitiva de la suscripción, con las siguientes consecuencias:

  1. Resolución automática del contrato de suscripción con efectos inmediatos.
  2. Reclamación del importe correspondiente a la totalidad de las cuotas restantes hasta completar la anualidad en curso, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de la permanencia mínima pactada.
  3. Bloqueo del Cliente para la contratación de nuevas suscripciones durante un período de 12 meses desde la fecha de la baja definitiva.
  4. Inicio de acciones de reclamación judicial si el importe total adeudado supera 300€, incluyendo la reclamación de los gastos de gestión del cobro conforme al apartado 8.5.

8.5. Intereses de demora y gastos de reclamación

Los importes impagados devengarán intereses de demora desde la fecha de vencimiento hasta el pago efectivo, a los siguientes tipos:

  • • Clientes empresas y autónomos (B2B): Tipo de interés legal del dinero vigente en cada momento más 8 puntos porcentuales, conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
  • • Clientes consumidores: Tipo de interés legal del dinero vigente en cada momento más 2 puntos porcentuales.

Adicionalmente, la Empresa podrá reclamar al Cliente los siguientes gastos de reclamación:

  • • Gastos de gestión del cobro: hasta 40€ por incidencia de impago.
  • • Costas judiciales y honorarios de representación en caso de reclamación judicial, cuando así lo determine el órgano competente.

8.6. Renovación automática de suscripciones

De conformidad con la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, la Empresa notificará al Cliente por correo electrónico con una antelación mínima de 30 días respecto a la fecha de vencimiento de la anualidad en curso, informándole de la próxima renovación automática y de las condiciones aplicables al nuevo período, incluyendo cualquier modificación de precio conforme a la cláusula 4.2. Si el Cliente no desea renovar la suscripción, deberá comunicarlo a la Empresa con un mínimo de 30 días naturales de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad, conforme a lo establecido en la cláusula 16.

9. DERECHO DE DESISTIMIENTO

9.1. Titulares del derecho

El derecho de desistimiento regulado en la presente cláusula es aplicable exclusivamente a los Clientes que tengan la condición de consumidores, entendiendo por tales las personas físicas que contraten los servicios de la Empresa al margen de su actividad profesional o empresarial, conforme al artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (TRLGDCU). Los Clientes que actúen como empresas o autónomos en el marco de su actividad profesional o empresarial no tienen derecho de desistimiento, por lo que el contrato será vinculante desde el momento de su perfección conforme a la cláusula 3.4.

9.2. Plazo y ejercicio del derecho de desistimiento

El Cliente consumidor dispone de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato sin necesidad de indicar motivo alguno ni incurrir en penalización. El plazo de desistimiento comenzará a contar desde la fecha de perfección del contrato, esto es, desde el momento en que la Empresa recibe la confirmación del pago satisfactorio conforme a la cláusula 3.4. Para ejercer el derecho de desistimiento, el Cliente deberá comunicarlo de forma clara e inequívoca a la Empresa dentro del plazo indicado, mediante:

  • • Correo electrónico a: clientes@recurretumulta.com, indicando en el asunto: "Desistimiento — Nº expediente [XXXX]".
  • • O a través del formulario de desistimiento disponible en www.recurretumulta.com.

La comunicación deberá contener al menos: nombre y apellidos, DNI/NIE, servicio contratado, número de expediente interno, fecha de contratación y manifestación expresa e inequívoca de la voluntad de desistir.

9.3. Solicitud de inicio inmediato del servicio y sus efectos

En el momento de la contratación, el Cliente consumidor podrá solicitar expresamente el inicio inmediato del servicio antes de que transcurra el plazo de desistimiento de 14 días naturales. Dicha solicitud se realizará mediante la aceptación del correspondiente checkbox habilitado en el proceso de pago en www.recurretumulta.com. Los efectos de dicha solicitud serán los siguientes: a) Si el Cliente solicita el inicio inmediato y el servicio se presta de forma completa antes de que expire el plazo de desistimiento: El Cliente perderá su derecho de desistimiento, conforme al artículo 103.a) del TRLGDCU, al haber solicitado expresamente el inicio del servicio durante dicho plazo y haberse prestado este de forma íntegra. En este caso no procederá devolución alguna. b) Si el Cliente solicita el inicio inmediato pero el servicio no ha sido prestado de forma completa cuando comunica el desistimiento: El Cliente tendrá derecho a la devolución del importe abonado, descontando la parte proporcional correspondiente al trabajo efectivamente realizado hasta el momento de la comunicación del desistimiento (análisis del expediente, preparación de borradores, gestiones realizadas, etc.). c) Si el Cliente no solicita el inicio inmediato: La Empresa no iniciará actuación alguna sobre el expediente hasta que transcurra el plazo de desistimiento de 14 días naturales o el Cliente renuncie expresamente a dicho plazo. El Cliente asume que en este caso pueden perderse plazos administrativos del expediente, de lo que la Empresa no será responsable.

9.4. Desistimiento en planes de suscripción

El Cliente consumidor que haya contratado un plan de suscripción para establecimientos públicos dispone igualmente de un plazo de 14 días naturales desde la fecha de contratación y cobro de la primera mensualidad para desistir, sin necesidad de justificar su decisión. Los efectos del desistimiento en suscripciones serán los siguientes:

a) Si durante los 14 días no se ha tramitado ninguna defensa al amparo de la suscripción:

El Cliente tendrá derecho a la devolución íntegra de la primera mensualidad abonada, sin penalización alguna.

b) Si durante los 14 días se ha prestado algún servicio al amparo de la suscripción (presentación de alegaciones, análisis de expedientes, asesoramiento jurídico, etc.) y el Cliente había solicitado expresamente el inicio inmediato del servicio:

El Cliente perderá su derecho de desistimiento conforme al artículo 103.a) del TRLGDCU, quedando vinculado por la permanencia mínima de 12 meses establecida en la cláusula 3.6.

9.5. Consecuencias económicas del desistimiento válido

Una vez recibida la comunicación de desistimiento válida y verificado que procede la devolución conforme a los apartados anteriores, la Empresa reembolsará al Cliente el importe correspondiente en un plazo máximo de 14 días naturales desde la recepción de la comunicación, utilizando el mismo medio de pago empleado en la contratación, salvo acuerdo expreso en contrario. La Empresa podrá retener el reembolso hasta verificar el estado de prestación del servicio y, en su caso, hasta determinar la parte proporcional del trabajo efectivamente realizado que deba deducirse del importe a devolver.

9.6. Formulario de desistimiento

A disposición del Cliente en www.recurretumulta.com se encontrará disponible un formulario oficial de desistimiento con el siguiente contenido mínimo: "A la atención de Extrema Legal Consulting S.L. (RecurreTuMulta), clientes@recurretumulta.com: Por la presente le comunico que desisto del contrato de prestación de servicios celebrado el día [FECHA], con número de expediente [NÚMERO]. Nombre y apellidos: [NOMBRE] DNI/NIE: [DNI] Dirección: [DIRECCIÓN] Fecha: [FECHA] Firma: [FIRMA]"

10. COMUNICACIONES Y DATOS DE CONTACTO

10.1. Canal oficial de comunicación

Todas las comunicaciones entre la Empresa y el Cliente, con independencia de su naturaleza y alcance, se realizarán exclusivamente por correo electrónico, de conformidad con lo establecido en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), que reconoce plena validez jurídica a las comunicaciones realizadas por medios electrónicos. Los datos de contacto oficiales de la Empresa son:

  • • Correo electrónico: clientes@recurretumulta.com
  • • Sitio web: www.recurretumulta.com El Cliente deberá dirigir todas sus comunicaciones a la Empresa a través de la dirección de correo electrónico indicada, indicando siempre en el asunto el número de expediente interno asignado conforme a la cláusula 3.4.

10.2. Validez jurídica de las comunicaciones electrónicas

Las comunicaciones realizadas por correo electrónico tendrán plena validez jurídica y producirán todos sus efectos legales, incluidas aquellas de carácter formal tales como:

  • • Ejercicio del derecho de desistimiento.
  • • Notificaciones de resolución o cancelación del contrato.
  • • Requerimientos de cumplimiento.
  • • Reclamaciones de cualquier naturaleza.
  • • Cualquier otra comunicación con trascendencia jurídica.

A efectos probatorios, se considerará que una comunicación ha sido recibida y conocida por el destinatario en el momento en que haya sido enviada a la dirección de correo electrónico registrada, salvo que el remitente reciba notificación automática de error en la entrega.

10.3. Obligación de mantener datos actualizados

El Cliente tiene la obligación de mantener permanentemente actualizada la dirección de correo electrónico facilitada en el momento de la contratación, que constituye su domicilio electrónico a todos los efectos durante la vigencia del contrato. Cualquier modificación de la dirección de correo electrónico u otros datos de contacto deberá ser comunicada a la Empresa a través de clientes@recurretumulta.com en un plazo máximo de 3 días naturales desde que se produzca el cambio.

10.4. Exoneración por datos obsoletos

La Empresa no será responsable de los perjuicios que puedan derivarse para el Cliente por:

  • • Comunicaciones no recibidas como consecuencia de datos de contacto desactualizados no comunicados a la Empresa en el plazo establecido en el apartado 10.3.
  • • Mensajes filtrados como correo no deseado (spam) por el proveedor de correo electrónico del Cliente.
  • • Fallos técnicos del servicio de correo electrónico del Cliente o de su proveedor de acceso a internet.
  • • No haber revisado el correo electrónico, incluida la carpeta de spam, con la periodicidad debida.

En todos los casos anteriores, las comunicaciones enviadas por la Empresa a la dirección de correo electrónico registrada se considerarán válidamente realizadas y producirán plenos efectos jurídicos desde el momento de su envío.

10.5. Comunicaciones de la Empresa al Cliente

La Empresa se compromete a utilizar la dirección de correo electrónico facilitada por el Cliente exclusivamente para las siguientes finalidades:

  • • Comunicaciones relativas a la gestión y seguimiento del expediente contratado.
  • • Notificaciones sobre el estado del servicio y resoluciones administrativas recibidas.
  • • Información sobre modificaciones de precios o condiciones contractuales.
  • • Confirmaciones de pago y facturas.
  • • Comunicaciones comerciales, únicamente si el Cliente ha prestado su consentimiento expreso conforme a la cláusula 14.

11. GESTIÓN DE DOCUMENTACIÓN

11.1. Aportación de documentación por el Cliente

El Cliente deberá facilitar a la Empresa toda la documentación necesaria para el análisis y defensa del expediente sancionador. Dicha documentación podrá aportarse mediante:

  • • Formulario web: A través de los formularios habilitados en www.recurretumulta.com, adjuntando los archivos en los formatos admitidos indicados en cada formulario.
  • • Correo electrónico: Enviando la documentación a clientes@recurretumulta.com, indicando en el asunto el número de expediente interno asignado.

La documentación mínima requerida para el análisis del expediente incluye:

  • • Notificación de la sanción, boletín de denuncia o acta de inspección (original o copia).
  • • Resolución sancionadora, si ya ha sido dictada.
  • • Fotografías, vídeos u otras pruebas disponibles.
  • • Alegaciones o recursos previamente presentados, si los hubiere.
  • • Cualquier otra documentación que el Cliente considere relevante para su defensa. La Empresa podrá requerir documentación adicional en cualquier momento durante la tramitación del expediente. El Cliente deberá atender dicho requerimiento en el plazo de 3 días hábiles conforme a lo establecido en la cláusula 5.2.

11.2. Responsabilidad sobre la documentación aportada

El Cliente es el único responsable de la veracidad, integridad y autenticidad de la documentación aportada. La Empresa no será responsable de los defectos en la defensa que deriven de:

  • • Documentación incompleta, inexacta o falsa aportada por el Cliente.
  • • Retraso en la entrega de documentación requerida.
  • • Falta de colaboración del Cliente en la obtención o aportación de pruebas.

La aportación de documentación falsa o manipulada facultará a la Empresa para resolver el contrato de forma inmediata conforme a la cláusula 16, sin derecho a devolución de las cantidades abonadas, y sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.

11.3. Custodia y conservación de documentación

La Empresa custodiará la documentación del expediente de forma segura y confidencial durante toda la vigencia del contrato y, una vez finalizado este, durante los siguientes plazos mínimos obligatorios:

  • • Expedientes jurídicos (escritos, alegaciones, recursos y documentación del procedimiento): 5 años desde la finalización del servicio, conforme al plazo de prescripción de acciones de responsabilidad contractual establecido en el artículo 1964 del Código Civil.
  • • Documentación fiscal y facturas: 6 años desde su emisión, conforme al artículo 30 del Código de Comercio.
  • • Datos personales del Cliente: Durante los plazos indicados en la cláusula 14 de los presentes T&C.

Transcurridos los plazos anteriores, la Empresa procederá a la destrucción segura de la documentación, garantizando la confidencialidad de los datos personales contenidos en la misma.

11.4. Entrega de documentación al Cliente

Una vez finalizado el servicio, el Cliente podrá solicitar a la Empresa, en cualquier momento durante la vigencia de los plazos de conservación establecidos en el apartado 11.3, la remisión por correo electrónico de:

  • • Copia digital de todos los escritos elaborados y presentados por la Empresa en el expediente.
  • • Copia de todas las resoluciones y notificaciones administrativas recibidas durante la tramitación.
  • • Cualquier otra documentación generada durante la prestación del servicio.

La solicitud deberá realizarse a través de clientes@recurretumulta.com, indicando el número de expediente interno. La Empresa remitirá la documentación solicitada en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la recepción de la solicitud, de forma gratuita. La Empresa no está obligada a remitir documentación de oficio al finalizar el servicio, salvo solicitud expresa del Cliente conforme a lo establecido en el presente apartado.

12. PROPIEDAD INTELECTUAL

12.1. Titularidad de los escritos y documentos

Todos los escritos de alegaciones, recursos, informes jurídicos y demás documentos elaborados por la Empresa en el ejercicio de su actividad son propiedad intelectual exclusiva de Extrema Legal Consulting S.L., conforme al Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI). Mediante la contratación del servicio, el Cliente adquiere únicamente una licencia de uso no exclusiva, personal, intransferible y limitada para utilizar los escritos exclusivamente en el expediente sancionador concreto para el que fueron elaborados. Dicha licencia se extingue automáticamente una vez finalizado el servicio.

12.2. Usos prohibidos

El Cliente no podrá, sin autorización expresa y por escrito de la Empresa:

  • • Ceder, transferir, vender o distribuir los escritos a terceros, a título oneroso o gratuito.
  • • Utilizar los escritos en expedientes sancionadores distintos al contratado.
  • • Publicar o difundir los escritos en internet, redes sociales o cualquier otro medio de comunicación.
  • • Modificar, adaptar o crear obras derivadas a partir de los escritos elaborados por la Empresa.
  • • Utilizar los escritos con fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra naturaleza ajena al expediente contratado.

12.3. Consecuencias del uso no autorizado

El incumplimiento de las prohibiciones establecidas en el apartado 12.2 facultará a la Empresa para:

  1. Resolver el contrato de forma inmediata, sin devolución de las cantidades abonadas, conforme a la cláusula 16.
  2. Reclamar la indemnización por daños y perjuicios derivados del uso no autorizado, conforme a lo establecido en el apartado 12.4.
  3. Ejercer cuantas acciones civiles y penales correspondan por infracción de los derechos de propiedad intelectual, conforme a los artículos 138 y siguientes del TRLPI y al artículo 270 y siguientes del Código Penal.

12.4. Régimen indemnizatorio

La indemnización por uso no autorizado de los documentos elaborados por la Empresa se calculará conforme al artículo 140 del TRLPI, pudiendo la Empresa optar entre:

  • • Los daños y perjuicios efectivamente sufridos, incluyendo el lucro cesante y los beneficios obtenidos por el infractor mediante el uso ilícito.
  • • La remuneración que la Empresa hubiera percibido de haber autorizado el uso, calculada conforme al precio de mercado de una licencia de uso equivalente.

En los contratos celebrados con empresas y autónomos (B2B), ambas partes acuerdan expresamente, al amparo del artículo 1255 del Código Civil, que el valor mínimo indemnizable por cada documento utilizado de forma no autorizada será de 250€ por documento, sin perjuicio de la reclamación adicional de daños efectivamente probados que superen dicho importe, así como de las costas judiciales del procedimiento de reclamación.

En los contratos celebrados con consumidores, la indemnización se calculará conforme a los criterios del artículo 140 del TRLPI antes descritos, sin aplicación de importe mínimo predeterminado, a fin de garantizar la proporcionalidad exigida por el artículo 85.6 del TRLGDCU.

13. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

13.1. Responsable del tratamiento

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (en adelante, RGPD), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD), se informa al Cliente de que sus datos personales serán tratados por: Responsable del tratamiento: Extrema Legal Consulting S.L. Nombre comercial: RecurreTuMulta NIF: B26832717 Domicilio: Calle Grecia, 42, 06700 Villanueva de la Serena (Badajoz) Correo electrónico de contacto en materia de privacidad: privacidad@recurretumulta.com

13.2. Datos personales tratados

La Empresa tratará los siguientes datos personales del Cliente:

  • • Datos identificativos: Nombre y apellidos o razón social, DNI/NIE/NIF, domicilio.
  • • Datos de contacto: Correo electrónico, teléfono.
  • • Datos económicos: Información de facturación y medios de pago utilizados.
  • • Datos del expediente sancionador: Información y documentación relativa a la sanción objeto del servicio contratado, que podrá incluir datos de carácter personal del Cliente y de terceros implicados en el procedimiento.
  • • Datos de navegación: Información técnica recogida durante la navegación en www.recurretumulta.com, conforme a la Política de Cookies disponible en la web.

13.3. Finalidades del tratamiento

Los datos personales facilitados por el Cliente serán tratados para las siguientes finalidades:

  1. Prestación del servicio contratado: Gestión, tramitación y seguimiento del expediente sancionador objeto del contrato.
  2. Gestión administrativa y contable: Facturación, cobros y gestión de pagos.
  3. Comunicaciones operativas: Envío de comunicaciones relativas al estado del expediente y al servicio contratado.
  4. Cumplimiento de obligaciones legales: Conservación de documentación conforme a la normativa fiscal, mercantil y de prevención de blanqueo de capitales.
  5. Comunicaciones comerciales: Envío de información sobre servicios, novedades y promociones de la Empresa, únicamente si el Cliente ha prestado su consentimiento expreso para esta finalidad en el momento de la contratación o con posterioridad.

13.4. Base jurídica del tratamiento

El tratamiento de los datos personales del Cliente está legitimado por las siguientes bases jurídicas:

  • • Ejecución del contrato (art. 6.1.b RGPD): Para las finalidades 1, 2 y 3 del apartado 13.3.
  • • Cumplimiento de obligación legal (art. 6.1.c RGPD): Para la finalidad 4 del apartado 13.3.
  • • Consentimiento expreso del Cliente (art. 6.1.a RGPD): Para la finalidad 5 del apartado 13.3.

El Cliente podrá revocar este consentimiento en cualquier momento sin que ello afecte a la licitud del tratamiento previo a la revocación.

13.5. Plazos de conservación

Los datos personales del Cliente se conservarán durante los siguientes plazos:

  • • Datos del expediente y del servicio contratado: 5 años desde la finalización del servicio, conforme al plazo de prescripción de acciones contractuales del artículo 1964 del Código Civil.
  • • Datos fiscales y de facturación: 6 años desde su emisión, conforme al artículo 30 del Código de Comercio.
  • • Datos para comunicaciones comerciales: Hasta que el Cliente revoque su consentimiento.
  • • Datos de navegación: Conforme a lo establecido en la Política de Cookies disponible en www.recurretumulta.com. Transcurridos los plazos anteriores, los datos serán eliminados o anonimizados de forma segura, salvo que su conservación sea necesaria para el cumplimiento de obligaciones legales adicionales.

13.6. Destinatarios de los datos

Los datos personales del Cliente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios, cuando resulte necesario para la prestación del servicio o el cumplimiento de obligaciones legales:

  • • Administraciones Públicas y órganos administrativos: Para la presentación de escritos y tramitación de expedientes sancionadores.
  • • Entidades bancarias: Para la gestión de cobros y pagos (actualmente BBVA como entidad proveedora de la pasarela de pago).
  • • Proveedores de servicios tecnológicos: En calidad de encargados del tratamiento, con quienes la Empresa ha suscrito o suscribirá los correspondientes contratos de encargo de tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD.

Los proveedores actualmente utilizados son:

  • • IONOS: Proveedor de servicios de alojamiento web (hosting), con servidores ubicados en la Unión Europea.
  • • Google LLC (Google Workspace): Proveedor de servicios de productividad y comunicación empresarial, que opera bajo Cláusulas Contractuales Tipo aprobadas por la Comisión Europea para la transferencia internacional de datos.
  • • Administración Tributaria y otros organismos públicos: En cumplimiento de obligaciones legales aplicables.

La Empresa no cederá los datos personales del Cliente a terceros para fines distintos a los indicados en la presente cláusula, salvo obligación legal o consentimiento expreso del Cliente.

13.7. Transferencias internacionales de datos

Algunos de los proveedores tecnológicos utilizados por la Empresa, en particular Google LLC (Google Workspace), están ubicados fuera del Espacio Económico Europeo o transfieren datos a servidores ubicados fuera del mismo. Dichas transferencias se realizan con las garantías adecuadas exigidas por el Capítulo V del RGPD, mediante Cláusulas Contractuales Tipo aprobadas por la Comisión Europea conforme a la Decisión de Ejecución (UE) 2021/914. En el supuesto de que en el futuro se incorporen nuevos proveedores que impliquen transferencias internacionales de datos, la Empresa actualizará la presente cláusula con carácter previo a dicha incorporación, garantizando en todo caso las medidas de protección adecuadas exigidas por el RGPD.

13.8. Derechos del Cliente

El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los siguientes derechos reconocidos por el RGPD y la LOPDGDD:

  • • Acceso: Obtener confirmación sobre si la Empresa trata sus datos personales y, en su caso, acceder a los mismos.
  • • Rectificación: Solicitar la corrección de datos inexactos o incompletos.
  • • Supresión: Solicitar la eliminación de sus datos cuando, entre otros motivos, ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos, salvo que su conservación sea exigida por obligación legal.
  • • Limitación del tratamiento: Solicitar la restricción del tratamiento de sus datos en determinadas circunstancias.
  • • Portabilidad: Recibir sus datos en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica.
  • • Oposición: Oponerse al tratamiento de sus datos por motivos relacionados con su situación particular, o en cualquier momento cuando el tratamiento tenga por objeto la mercadotecnia directa.

Para ejercitar cualquiera de estos derechos, el Cliente deberá dirigir su solicitud a la Empresa mediante correo electrónico a privacidad@recurretumulta.com, acreditando su identidad. La Empresa responderá en el plazo máximo de 1 mes desde la recepción de la solicitud, prorrogable por otros 2 meses en casos de especial complejidad.

En caso de considerar que el tratamiento de sus datos no se ajusta a la normativa vigente, el Cliente tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a través de su sede electrónica en www.aepd.es.

13.9. Medidas de seguridad

La Empresa aplica las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales y prevenir su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, conforme a lo exigido por el artículo 32 del RGPD. Entre dichas medidas se incluyen el cifrado de comunicaciones mediante protocolos SSL/TLS, controles de acceso restringido y política de copias de seguridad periódicas. La Empresa se compromete a no utilizar herramientas de inteligencia artificial u otros servicios de terceros que impliquen el tratamiento de datos personales de los Clientes sin las garantías adecuadas exigidas por el RGPD, manteniendo en todo momento una política interna de uso de herramientas tecnológicas que garantice la confidencialidad y seguridad de la información de los Clientes.

14. FUERZA MAYOR

14.1. Concepto

A los efectos de los presentes T&C, se entenderá por causa de fuerza mayor todo acontecimiento extraordinario, imprevisible e irresistible, ajeno a la voluntad de las partes, que impida o dificulte gravemente el cumplimiento de las obligaciones contractuales, conforme a lo establecido en el artículo 1105 del Código Civil. Se considerarán causas de fuerza mayor, a título enunciativo y no limitativo:

  • • Desastres naturales (terremotos, inundaciones, incendios de origen natural, etc.).
  • • Epidemias, pandemias o crisis sanitarias declaradas por autoridad competente.
  • • Actos de terrorismo, guerra, conflictos armados o disturbios civiles graves.
  • • Decisiones de autoridades gubernamentales o administrativas que impidan la prestación del servicio.
  • • Fallos generalizados de las redes de telecomunicaciones o de internet no imputables a la Empresa.
  • • Caídas o interrupciones de los sistemas informáticos de las Administraciones Públicas o de las plataformas de presentación telemática de escritos (como el sistema de notificaciones electrónicas de la DGT, las sedes electrónicas de las Administraciones u otros equivalentes), siempre que dichas interrupciones no sean previsibles ni evitables con una diligencia razonable.
  • • Huelgas generales o sectoriales que afecten directamente a la prestación del servicio.

14.2. Efectos sobre las obligaciones contractuales

En caso de fuerza mayor, la parte afectada quedará exonerada del cumplimiento de la obligación afectada durante el tiempo que persista dicha causa, sin que ello implique incumplimiento contractual ni genere obligación de indemnización. No obstante, la exoneración por fuerza mayor está sujeta a las siguientes condiciones:

  1. La parte afectada deberá comunicar a la otra parte la existencia de la causa de fuerza mayor en el plazo más breve posible desde que tenga conocimiento de la misma, indicando su naturaleza, alcance previsible y duración estimada.
  2. La parte afectada deberá adoptar todas las medidas razonables a su alcance para mitigar los efectos de la causa de fuerza mayor y minimizar el perjuicio para la otra parte.
  3. En particular, en el caso de la Empresa, la fuerza mayor no eximirá de la obligación de actuar cuando la causa de fuerza mayor sea previsible con antelación suficiente para adoptar medidas alternativas que permitan el cumplimiento del plazo legal establecido.

14.3. Fuerza mayor y plazos administrativos

Dada la naturaleza de los servicios prestados, en los que el cumplimiento de plazos administrativos y judiciales es esencial, la Empresa adoptará todas las medidas técnicas y organizativas razonables para garantizar la continuidad del servicio incluso en situaciones de dificultad. En particular, la Empresa no podrá invocar fuerza mayor para justificar la pérdida de un plazo administrativo cuando:

  • • La causa de fuerza mayor era previsible con antelación suficiente para adoptar medidas alternativas.
  • • Existían vías alternativas de presentación de escritos (presencial, correo postal certificado, fax u otras) que hubieran permitido cumplir el plazo y no fueron utilizadas.
  • • El incumplimiento se debe a falta de planificación o previsión por parte de la Empresa, aunque se haya producido una circunstancia desfavorable.

14.4. Resolución del contrato por fuerza mayor prolongada

Si la causa de fuerza mayor se prolonga durante un período superior a 3 meses, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato mediante comunicación escrita a la otra parte, sin que ello genere obligación de indemnización por ninguna de las partes. En caso de resolución por fuerza mayor prolongada:

  • • Si la causa es imputable a circunstancias externas y el servicio no ha podido prestarse, la Empresa reembolsará al Cliente la parte proporcional del precio correspondiente a las actuaciones no realizadas.
  • • Si el servicio había sido parcialmente prestado, se reembolsará únicamente la parte proporcional correspondiente a las actuaciones pendientes de ejecución en el momento de la resolución.

15. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

15.1. Causas de resolución por incumplimiento del Cliente

La Empresa podrá resolver el contrato de forma unilateral e inmediata, mediante comunicación por correo electrónico, en los siguientes supuestos imputables al Cliente:

  1. Impago de cualquier cantidad debida, conforme al protocolo establecido en la cláusula 8.
  2. Aportación de documentación falsa, manipulada o incompleta de forma deliberada, que haya inducido a error a la Empresa en el análisis de viabilidad o en la defensa del expediente.
  3. Incumplimiento reiterado de las obligaciones de colaboración establecidas en la cláusula 5.2, cuando dicho incumplimiento haga imposible la continuación del servicio.
  4. Cesión no autorizada del contrato o de los documentos elaborados por la Empresa a terceros, en infracción de lo dispuesto en las cláusulas 5.2 y 12.
  5. Comportamiento vejatorio, intimidatorio o constitutivo de acoso hacia el personal de la Empresa, ya sea por correo electrónico, teléfono o cualquier otro medio de comunicación.
  6. Uso fraudulento del servicio, incluyendo la contratación de múltiples expedientes con datos falsos, la suplantación de identidad o cualquier otro uso contrario a la buena fe contractual.
  7. Declaración de concurso de acreedores del Cliente, cuando existan indicios fundados de que ello imposibilitará el cobro de las cantidades pendientes, en el caso de contratos B2B. En los contratos con consumidores, esta causa de resolución no será de aplicación si pudiera considerarse abusiva conforme al artículo 85 del TRLGDCU.
  8. Incapacidad sobrevenida del Cliente para contratar, salvo que actúe mediante representante legal debidamente acreditado. En todos los casos anteriores, la resolución por causa imputable al Cliente no dará derecho a devolución de las cantidades abonadas, sin perjuicio de las acciones que correspondan a la Empresa por los daños y perjuicios causados.

15.2. Causas de resolución por incumplimiento de la Empresa

El Cliente podrá resolver el contrato, mediante comunicación a clientes@recurretumulta.com, en los siguientes supuestos imputables a la Empresa:

  1. Incumplimiento grave y reiterado de los plazos de actuación establecidos en los presentes T&C, cuando no sea imputable al Cliente ni a causas de fuerza mayor.
  2. Pérdida de un plazo administrativo o judicial por causa exclusivamente imputable a la Empresa, que haga imposible la continuación del servicio.
  3. Incumplimiento grave de la confidencialidad de los datos e información del Cliente.
  4. Imposibilidad sobrevenida de prestar el servicio contratado por causas imputables exclusivamente a la Empresa. En los supuestos anteriores, el Cliente tendrá derecho a la devolución proporcional del precio abonado correspondiente a las actuaciones no realizadas, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que pudieran corresponderle conforme a la cláusula 7.

15.3. Resolución por voluntad del Cliente en servicios individuales

Una vez perfeccionado el contrato de servicio individual conforme a la cláusula 3.4, el Cliente podrá resolver el contrato en cualquier momento mediante comunicación a clientes@recurretumulta.com, con los siguientes efectos económicos:

  • • Si la Empresa no ha iniciado ninguna actuación sobre el expediente: devolución íntegra del precio abonado, salvo que hubiera transcurrido el plazo de desistimiento regulado en la cláusula 9.
  • • Si la Empresa ha iniciado actuaciones pero el servicio no está completo: devolución proporcional al trabajo pendiente de realización, descontando el valor de las actuaciones ya ejecutadas.
  • • Si el servicio ha sido prestado íntegramente: no procede devolución alguna.

15.4. Resolución anticipada de suscripciones por voluntad del Cliente

El Cliente que desee cancelar su suscripción antes del vencimiento de la anualidad en curso deberá comunicarlo a la Empresa mediante correo electrónico a clientes@recurretumulta.com con un mínimo de 30 días naturales de antelación. La cancelación anticipada de la suscripción dentro del período de permanencia mínima de 12 meses implicará la obligación del Cliente de abonar la totalidad de las cuotas mensuales restantes hasta completar la anualidad en curso, conforme a lo establecido en la cláusula 8.4. La cancelación solicitada con al menos 30 días de antelación al vencimiento de la anualidad no generará penalización alguna, y la suscripción se extinguirá en la fecha de vencimiento del período en curso.

15.5. Resolución por voluntad de la Empresa

La Empresa podrá resolver los contratos de suscripción activos mediante preaviso de 30 días naturales comunicado al Cliente por correo electrónico, sin necesidad de alegar causa, en cuyo caso:

  • • Se devolverá al Cliente la parte proporcional de la cuota mensual en curso correspondiente a los días no disfrutados desde la fecha de resolución efectiva.
  • • No se aplicará penalización alguna al Cliente. Esta facultad de resolución no podrá ejercerse por la Empresa de forma abusiva ni en perjuicio de los derechos del Cliente conforme al TRLGDCU en contratos con consumidores.

15.6. Obligaciones residuales tras la resolución

La resolución del contrato por cualquier causa no eximirá a ninguna de las partes del cumplimiento de las obligaciones que por su naturaleza deban subsistir tras la extinción del contrato, en particular:

  • • La obligación de confidencialidad establecida en la cláusula 13.
  • • La obligación de conservación de documentación durante los plazos establecidos en la cláusula 11.3.
  • • Las obligaciones de pago de cantidades devengadas con anterioridad a la resolución.
  • • Las obligaciones derivadas de la propiedad intelectual reguladas en la cláusula 12.
  • • La obligación de la Empresa de completar las actuaciones urgentes con plazos inminentes que estuvieran en curso en el momento de la resolución, conforme a los deberes deontológicos aplicables.

16. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

16.1. Ley aplicable

Los presentes T&C y la relación contractual entre la Empresa y el Cliente se rigen en su integridad por la legislación española vigente en cada momento, y en particular por:

  • • El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), en los contratos celebrados con consumidores.
  • • La Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE).
  • • El Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI).
  • • El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), en materia de protección de datos personales.
  • • El Código Civil y el Código de Comercio, con carácter supletorio.

16.2. Jurisdicción en contratos con consumidores

En los contratos celebrados con consumidores (personas físicas que actúan al margen de su actividad profesional o empresarial), cualquier controversia derivada de los presentes T&C o de la relación contractual será sometida a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del domicilio del consumidor, conforme a lo establecido en el artículo 90.2 del TRLGDCU y en el artículo 52.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La nulidad de esta cláusula en cuanto pudiera interpretarse en sentido contrario al derecho irrenunciable del consumidor a litigar en su propio domicilio no afectará a la validez del resto de los presentes T&C, conforme al principio de conservación del contrato.

16.3. Jurisdicción en contratos con empresas y autónomos

En los contratos celebrados con empresas y autónomos en el marco de su actividad profesional o empresarial (relaciones B2B), y al amparo del artículo 1255 del Código Civil, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Villanueva de la Serena (Badajoz), con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

16.4. Resolución extrajudicial de conflictos

Con carácter previo al ejercicio de acciones judiciales, las partes se comprometen a intentar resolver cualquier controversia mediante negociación directa de buena fe, comunicando la discrepancia por correo electrónico a clientes@recurretumulta.com y otorgando un plazo de 15 días hábiles para alcanzar una solución satisfactoria. Adicionalmente, para los contratos celebrados con consumidores, la Empresa informa de la existencia de la plataforma europea de resolución de litigios en línea (ODR), accesible en https://ec.europa.eu/consumers/odr, conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 524/2013.

17. DISPOSICIONES FINALES

17.1. Modificación de los Términos y Condiciones

La Empresa se reserva el derecho de modificar los presentes T&C en cualquier momento, por razones legales, técnicas o comerciales. Las modificaciones serán notificadas al Cliente con un mínimo de 30 días de antelación a su entrada en vigor, mediante:

  • • Publicación de la nueva versión en www.recurretumulta.com, con indicación de la fecha de entrada en vigor.
  • • Comunicación por correo electrónico a la dirección registrada del Cliente.

La continuación en el uso de los servicios tras la entrada en vigor de las modificaciones implicará la aceptación de las mismas por parte del Cliente. Si el Cliente no acepta las modificaciones, podrá resolver el contrato conforme a lo establecido en la cláusula 15, sin penalización alguna, comunicándolo antes de la fecha de entrada en vigor de los nuevos T&C.

Los contratos de servicios individuales ya perfeccionados y en curso de ejecución en el momento de la modificación no se verán afectados por la misma, siendo de aplicación los T&C vigentes en el momento de la contratación.

17.2. Nulidad parcial

Si cualquier cláusula o disposición de los presentes T&C fuera declarada nula, inválida o inaplicable por resolución judicial o administrativa firme, dicha nulidad afectará únicamente a la cláusula o disposición en cuestión, manteniéndose en vigor el resto del documento con plena eficacia jurídica. En tal caso, la cláusula nula será sustituida, en la medida de lo posible, por una disposición válida que se aproxime al máximo a la intención original de las partes.

17.3. Renuncia

El hecho de que la Empresa no exija en un momento determinado el cumplimiento estricto de cualquier disposición de los presentes T&C no implica renuncia a su derecho a exigirlo en el futuro, ni renuncia tácita a ninguna de las condiciones contractuales.

17.4. Integridad del contrato

Los presentes T&C, junto con el documento de confirmación de contratación, la tarifa vigente en el momento de la contratación y, en su caso, las condiciones específicas del plan de suscripción contratado publicadas en www.recurretumulta.com, constituyen el acuerdo completo entre las partes respecto al objeto del contrato, sustituyendo cualquier acuerdo, negociación o comunicación previa, oral o escrita, sobre dicho objeto.

17.5. Idioma

Los presentes T&C se redactan en lengua castellana, que será el idioma aplicable a la interpretación y ejecución del contrato. En caso de traducción a otro idioma, prevalecerá siempre la versión en castellano.

17.6. Versión vigente y fecha de actualización

La versión vigente de los presentes T&C es la publicada en www.recurretumulta.com en cada momento. La fecha de la última actualización figura al inicio del documento. El Cliente puede solicitar en cualquier momento una copia de los T&C vigentes en el momento de su contratación enviando un correo electrónico a clientes@recurretumulta.com.